Salome Martínez

Reformas a Ley de Vivienda mejorarán movilidad de personas con discapacidad.- Pedro Pablo Treviño

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Por Grupo 4°poder
Tras la aprobación por el Pleno de la Cámara de Diputados de la reforma a la Ley de Vivienda, el legislador Pedro Pablo Treviño Villarreal destacó que ésta será de gran beneficio para las personas con discapacidad y para los adultos mayores, ya que les garantizará que cuenten con una vivienda digna, decorosa y con espacios adecuados para cubrir sus necesidades.
El legislador por Nuevo León explicó que se reformaron los artículos 2, 4, 71 y 72 de la citada ley, gracias a lo cual se impulsarán políticas públicas para mejorar las condiciones de vida habitacional de éstos grupos vulnerables.
“Gracias a estas reformas se armonizan la Ley de Vivienda y la Ley General para la Inclusión de Personas con Discapacidad a fin de que el Estado promueva una arquitectura de vivienda pública y privada accesible y universal para todas las personas.
“Además, con ello se fomenta una mayor movilidad de las personas a través de una mejor infraestructura, evitando así el aislamiento, inseguridad y malestar de las familias”, agregó el diputado Pedro Pablo Treviño Villarreal.
El legislador federal destacó los alcances de la reforma, considerando  información del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, que indica que en el 2012 el 6.6 por ciento de la población padecía alguna discapacidad, de la cual el 57.5 por ciento presentaba dificultad para caminar.
Durante la sesión del martes, añadió el diputado Pedro Pablo Treviño Villarreal, se aprobaron también reformas y adiciones diversas disposiciones de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación; de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos; de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas.
El legislador Pedro Pablo Treviño Villarreal explicó que con ello se fortalece el espíritu con el cual está investida la responsabilidad ejercida y que es exigible a los servidores públicos, a los particulares y a las personas físicas o morales en el sentido de la responsabilidad resarcitoria.

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