Salome Martínez

PRESENTA CTAINL RESULTADOS DEL SEMÁFORO DE LA TRANSPARENCIA

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Por Axel Óliver

La Comisión de Transparencia y Acceso a la Información del Estado de Nuevo León aprobó los resultados del “Semáforo de la Transparencia” correspondientes al segundo trimestre del año 2012, en la cual 106 Sujetos Obligados alcanzaron la calificación de 100 y el color verde, mientras que 14 se quedaron en amarillo con resultados entre 70 y 99 puntos.

Sergio Antonio Moncayo González, Comisionado Presidente de la CTAINL, señaló que en esta ocasión los resultados mejoraron en comparación con la evaluación anterior ya que muchos Sujetos Obligados agregaron la información faltante en sus sitios de internet logrando así una mejor calificación.

A pesar de los buenos resultados, Moncayo González detalló las fallas más comunes que restaron puntuación a las autoridades evitando así que alcanzaran el color verde, “se pusieron a trabajar en la información que les faltaba o que tenían que adecuar y lo que visualizamos que le falta a la mayoría en esta auditoría, son los indicadores de gestión o programas operativos anuales del segundo trimestre. Creo yo que es sólo falta de pulir esos indicadores y poder publicarlos como debe ser”.

El Comisionado Presidente agregó que tras los resultados del Semáforo de la Transparencia, la CTAINL elabora un escrito dirigido a los Sujetos Obligados con información faltante, solicitándoles que actualicen sus datos y así den cumplimiento a las disposiciones que marca la Ley.

MULTA COMISIÓN DE TRANSPARENCIA A FUNCIONARIO DE JUÁREZ

Al no responder a una solicitud de información dentro del plazo legal, Alma Rosa González Flores, Secretaria de Desarrollo Urbano del Municipio de Juárez se hizo acreedora a una multa de mil 514.25 pesos por parte de la Comisión de Transparencia y Acceso a la Información del Estado de Nuevo León.

En este caso el ciudadano solicitó copia de las licencias de uso de suelo, edificación y/o construcción otorgadas a casinos, así como el listado de las mismas, y aunque la autoridad contestó por medio de la tabla de avisos, se acordó multar a la funcionaria por no responder en tiempo al correo electrónico que el peticionario le señaló en su solicitud para efectos de que le notificara la respuesta.

El mismo ciudadano promovió cuatro procedimientos de inconformidad solicitando la información antes mencionada a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología del Municipio de Monterrey y directamente a su titular, así como a las Secretarías de Desarrollo Urbano de los Municipios de Santa Catarina y Apodaca. Al analizar cada uno de los casos y la respuesta de cada autoridad, la CTAINL acordó sobreseer los recursos ya que los sujetos obligados acreditaron haber respondido en tiempo y forma a las solicitudes.

En la 5ª Sesión Ordinaria del organismo autónomo también se presentó el caso promovido en contra de la Directora de Auditoría Gubernamental de la Contraloría y Transparencia a quien se le solicitó copia de los resultados de la revisión que la dependencia realizó respecto a los servicios prestados en relación a la fotografía oficial tomada al Gobernador del Estado.

Al respecto, es de destacar que dicho asunto se puso a consideración del Pleno en virtud de que la Comisión recibió la notificación de una ejecutoria pronunciada por el Juzgado Tercero de Distrito en Materia Administrativa de Nuevo León, y confirmada por el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto Circuito, dentro del recurso de revisión 136/2012-II promovido por el Consejero Jurídico del Gobernador, en contra de la resolución emitida por el Juez Tercero de Distrito en Materia Administrativa, dentro del juicio de amparo indirecto número 963/2011, en el cual se declaró inconstitucional el artículo 59 de la Ley de Administración Financiera, por lo tanto, esta Comisión dictó una nueva sentencia en la que al no existir otra causal en la hipótesis de reserva de la información solicitada, acordó revocar la respuesta del Sujeto Obligado y ordenó se entregue la información requerida, cumpliendo así la sentencia del amparo aludido.

También se analizó el procedimiento de inconformidad en contra de la Secretaría General de Gobierno luego de que un ciudadano solicitara el protocolo número 117 de un escribano con fecha de 5 de noviembre de 1862. Al respecto la autoridad expuso que el peticionario debe solicitar la información de conformidad con lo dispuesto en la Ley del Notariado, respuesta que fue confirmada por parte de la CTAINL.

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